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Resultados 1 al 10 de 2008

Vista híbrida

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  1. #1
    Cita Iniciado por dacatu Ver mensaje
    Buenas, necesito que alguien m resuelva la duda
    En mi unidad dicen que no se puede poner una tarde antes de un día festivo.
    Yo no he visto nada de eso en ningún lado.
    A ver si alguien con legislación en mano me da una respuesta basada en ley.
    Revisando la ORDEN, en el apartado sobre los días festivos NO pone nada que IMPIDA poner una tarde antes de un día festivo...

    Lo que pasa, es que claro está, si en esta nueva ORDEN, se dice que después de cada servicio, habrá un descanso mínimo de 8 horas (( para mí EVENTUALMENTE y en el peor de los casos )) y siempre que venga un descanso semanal, periodo de vacaciones o permiso de semana santa, pues es difícil imaginar, que el legislador, se haya estrujado el " tarro " para dejar clarito ese tema y ahora vengamos a " entender " que en este caso concreto pues no hay nada que lo impida...

    Siempre digo que el carácter de una ORDEN, es mejorar (( o al menos eso se supone )) la anterior; pero vamos que ciñiéndonos a su pregunta, yo no encuentro nada que lo impida,,,

    Saludos...

  2. #2
    Gracias, yo pensé bien, es que no recordaba nada que indicase que no se pueda tener tarde antes de un df

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