Buenas:

En relación a las horas de referencia de abril, todo ha cambiado respecto a la forma de calcularlas en los meses anteriores.

Antes utilizabas la calculadora de referencia, mes año, días festivos, vacaciones, bajas...y el sigo también te servía de guía. Total x horas a realizar durante ese mes.

Ahora, mas solos que la una, sin referencias, y en un mes como el de abril, a todos no se le puedes aplicar la misma fórmula, cada uno es un caso.

-Días de permiso semana santa... tres.-
-Días de permiso de semana santa que coinciden con los festivos nacionales...depende de lo que haya pedido cada uno.
-Día 1 de mayo.

Los tres días de semana santa a 7.5 u 8 según la jornada laboral.

Si descansas el un día festivo, "descanso festivo", las 7.5 u 8 horas se descuentan directamente de las horas de referencia del mes de abril; si no puedes disfrutar del descanso festivo el mismo día pero si el mismo mes, se descuentan igualmente de las horas de referencia de abril.

Si trabajas, a estas disfrutando de un "descanso semanal" en un día festivo, no se restan horas del computo mensual, se restarán el día que disfrutes el descanso festivo; pero si como el 1 de mayo no disfrutas de descanso festivo y no se te puede dar porque no quedan días (solo quedan el 2 sábado y 3 domingo); se da a partir del 4 del mayo y las horas deducibles se restan a las de referencia de las cuatro semanas mayo.

Y encima de todo esto, las horas de referencia que señala el sigo del mes de abril son un lio.

Un saludo