Cita Iniciado por antuning Ver mensaje
La Orden general dice que todos los servicios deben estar nombrados a las 14:00, 48 horas antes de empezar el servicio. Si tu jefe no los nombra así es para haceros lo que se denomina comúnmente una "pirula" y si le viene un cambio de servicio, al no tenerlo nombrado no te genera CREX o ICREX (no me queda claro aún cuál es xD)

Todo lo que sea un cambio de servicio en el que la diferencia sea de más de 3 horas (si no recuerdo mal) a lo que tenías nombrado, si que te corresponde productividad (crex o icrex, ya me enteraré cual es), y son 16 puntos por 8 horas. Con lo cual si te cambia de la tarde a la mañana de ese día, si que te genera productividad.

Ahora si por ejemplo tienes una patrulla de 06:00 a 14:00 horas y el otro componente se pone malo, permisos..etc, y el comandante de puesto te nombra Puertas por ejemplo de 07:00 a 15:00, eso no te generaía productividad.

Un saludo!
En castellano antiguo:
CREX, excesos de horas sobre el computo mensual (no semanal). máximo 10 horas en 4 semanas o 12. 5 horas en 5, el resto en Descansos Compensatorios (1 por cada 7.5 horas) o deducción de horas del computo mensual siguiente. Regla: EX, exceso
ICRES, noches y festivos, antiguo ISFN. Regla: S, sobreesfuerzos
ICREM, modificaciones de Descansos Semanales (planificados, solo se pueden planificar -una semana antes de que empiece el periodo- no se pueden definir, nombrar o cumplimentar) y servicios nombrados (antes de las 14.00 horas de los dos días anteriores -48 horas-). Regla, M, modificación