El descanso que se pone, por festivo en un mes (el quebpor ejemplo correponde al 15 de agosto). Si por nec3widades del servicio tiene que quitarse y ponerlo en otro dia. Ese cambio es indemnizable?
El descanso que se pone, por festivo en un mes (el quebpor ejemplo correponde al 15 de agosto). Si por nec3widades del servicio tiene que quitarse y ponerlo en otro dia. Ese cambio es indemnizable?
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