Cita Iniciado por romanin Ver mensaje
Orden General número 5, dada en Madrid el día 10 de marzo de 1998 (BOC 9).


rtículo 29.- Nombramiento del servicio de Guardia de Puertas.

29.1. El Servicio de Puertas se nombrará por turno, de antiguo a moderno, entre todo el personal del empleo de Guardia destinado o en comisión de servicio en las Unidades alojadas en el Acuartelamiento, con las únicas excepciones de aquellos que desempeñen funciones de Comandante de Puesto o Jefe de Destacamento, tengan asignadas funciones de investigación, o que por razón de su destino especifico estén expresamente excluidos por el Jefe de la Zona de acuerdo con las directrices generales que, a tal efecto, dicte el Subdirector General de Operaciones.
Esa orden está más desafasada que un teléfono de moviline.