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Resultados 1 al 2 de 2
  1. #1

    Los guardias civiles retirados/consideracion de suboficial.

    Hola a todos, mi pregunta es la siguiente a ver si alguien amablemente me puede sacar de dudas. Si eres guardia civil retirado por perdida de condiciones psicofisicas sin tener consideracion de suboficial previamente obtienes la consideracion de suboficial pasando a retiro ? Alguien conoce como esta regulado hoy en dia eso?
    Gracias

  2. #2
    Cabo 1º Avatar de Jipijapa
    Fecha de ingreso
    03 mar, 12
    Ubicación
    Un pueblo de Barcelona
    Mensajes
    244
    Buenos días.

    Hola compañero:

    Real Decreto 1219/1989 de 29 se Septiembre.Se dispone que los Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, en situación de retiro, podrán alcanzar el tratamiento y consideración de los Suboficiales retirados y disfrutar de los beneficios de carácter social o asistencial que correspondan a éstos.


    Artículo 1
    1. Los Cabos y Guardias del cuerpo de la Guardia Civil, en situación de retiro, podrán alcanzar el tratamiento y consideración de los suboficiales retirados y disfrutar de todos los beneficios de carácter social o asistencial que correspondan a estos.
    2. Para alcanzar esa consideración será preciso tener señalados haberes pasivos y que, en la fecha de concesión, no se tengan en la filiación u hoja de castigos notas desfavorables sin invalidar como consecuencia de conductas anteriores a la fecha del retiro.
    3. Los Cabos y Guardias con consideración de suboficial, obtenida de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto número 1970/1983, de 23 de Junio, al pasar a la situación de retiro gozarán de los beneficios indicados en el apartado 1 de este artículo.

    http://noticias.juridicas.com/base_d...1219-1989.html

    Un saludo


    Última edición por ARRIANO; 27/02/2015 a las 10:08

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