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Resultados 1 al 3 de 3
  1. #1

    Cambio de servicio con un compañero

    Con la nueva Orden General, ¿podremos realizar cambios de servicio con un compañero cuando nos haga falta?

  2. #2
    Si, lo recoge expresamente, creo que hay que pedirlo 3 días antes y ser las mismas horas

  3. #3
    Orden General 11/2014, artículo 9, punto 10:

    "10. Los cambios voluntarios de servicios planificados entre componentes de una
    misma unidad, que solo podrán afectar a servicios con la misma duración, se solicitarán
    de común acuerdo y por escrito, justificando la razón que los ampara, ante el jefe de la
    unidad con una antelación de, al menos, tres días a la fecha de su realización. Para decidir,
    el jefe de la unidad valorará las razones expuestas, confrontándolas con las necesidades
    operativas, y siempre que los cambios sean coherentes con el régimen de descansos
    establecidos y con el conjunto del servicio planificado de la unidad.


    Sólo en circunstancias extraordinarias, valoradas por el jefe de la unidad, podrán
    permutarse voluntariamente servicios ya nombrados.


    En todo caso, el propio nombramiento del servicio se entenderá que resuelve las
    solicitudes formuladas, sin más trámite."

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