Entonces como quedamos 33 horas semanales o se le resta al las 187,5 mensuales o a parte de restaserla te deben poner ub día libre por ese festivo y no ponerte X ejemplo servicios de 6 horas y librar solo las dos días semanales.
Entonces como quedamos 33 horas semanales o se le resta al las 187,5 mensuales o a parte de restaserla te deben poner ub día libre por ese festivo y no ponerte X ejemplo servicios de 6 horas y librar solo las dos días semanales.
Lo que apunta heineken, no hay carencia determinada, no se cumplen los descansos en fin de semana, etc..., va a ser muy dificil establecer cualquier tipo de turno, con todas las premisas de la OG, tanto en unides pequeñas, como en unidades que tengan que cubrir las 24 horas.
Esta claro que el tema de los cuadrantes fijos y con cadencias predeterminadas va a ser un tanto complicado.
En relación al hilo, los festivos, efectivamente descuentan 7,5 y se descuentan del cómputo mensual, en caso contrario (que puede que lo determines) sería un ajuste añadido complicado de realizar.
COn esta nueva norma, tenemos que tener en cuenta que toda NO DISPONIBILIDAD resta 7,5 horas, salvo más de 5 ND semanales que computatan como % ND (37,5). Así pues, aquel mes de 4 semanas que computemos 20 ND, no trabajamos, y en el de 5 semans, con 25 ND no se trabaja.
Tener en cuenta este último matiz expuesto, es un recurso que se puede utilizar al gastar AP o aquellas vacaciones que nos dejan gastar sueltas 6 días). El objetivo es generar las máximas ND para trabajar menos.
pues lo que es en las primeras 9 semanas, cumple perfectamente con lo de el descanso de " 1 de cada 3 "... Luego hay una semana que no lo cumple ( la décima ), pero las dos inmediatas a ésa que no se cumple ( 11ª y 12ª ), se cumple y es como si fuese de compensación.... ja ja ja //total que más dá, si con lo que se está planteando por aquí, hay gente dispuesta a trabajar 20 días seguidos con tal de juntar los diez u once libres.....
Por cierto, recordad que no es que libres por ejemplo el primer " finde " del mes, que pasen el segundo y el tercer y al 4º justo, te lo tengan que dar...
Para mí, " uno de cada tres " significa que te pueden dar el primer fin de semana de un mes y no volver a oler otro fin de semana hasta el sexto ...
UNO DE CADA TRES... Ejp---> 4 - 5 de ABRIL libre y 9 - 10 de MAYO... ( cumple lo de uno de cada tres... )
Yo al principio entendí lo de los fines de semana igual que tú. Pero estaba equivocado.pues lo que es en las primeras 9 semanas, cumple perfectamente con lo de el descanso de " 1 de cada 3 "... Luego hay una semana que no lo cumple ( la décima ), pero las dos inmediatas a ésa que no se cumple ( 11ª y 12ª ), se cumple y es como si fuese de compensación.... ja ja ja //total que más dá, si con lo que se está planteando por aquí, hay gente dispuesta a trabajar 20 días seguidos con tal de juntar los diez u once libres.....
Por cierto, recordad que no es que libres por ejemplo el primer " finde " del mes, que pasen el segundo y el tercer y al 4º justo, te lo tengan que dar...
Para mí, " uno de cada tres " significa que te pueden dar el primer fin de semana de un mes y no volver a oler otro fin de semana hasta el sexto ...
UNO DE CADA TRES... Ejp---> 4 - 5 de ABRIL libre y 9 - 10 de MAYO... ( cumple lo de uno de cada tres... )
No es que debas tener un finde libre, de cada 3 findes; es un fin de semana libre, de cada 3 descansos semanales consecutivos.
Por eso, si tienes un fin de semana libre, el siguiente descanso semanal no tiene porqué ser en fin de semana; el siguiente tampoco...pero al siguiente sí (para cumplir que al tercer descanso semanal, disfrutes de nuevo de un fin de semana completo.
Espero haberme explicado porque sé que es un poco lioso; pero ya te digo que yo al principio lo entendí igual que tú.
Un saludo.
Ljo lío y mas lii y poca aclaración. Vamos a esperar qi4e saquen las 100 faqs.
Lo de 5 noches seguidas no mola nada
entonces, cuando pides un continuado, computa como 2 descansos?
suponiendo ( que es mi caso), que en abril disfruto el 6-7-8- de permiso de semana santa (el 6 es el festivo nacional) aparte del día 3 y el día 1 de mayo...
la pregunta sería qué computo mensual debería de hacer en mi caso
142,5 o 150?
Última edición por dacatu; 08/03/2015 a las 18:48 Razón: modificacion
Pues tú tienes 5 días deducibles (los 3 de SS y 2 Festivos). Es decir, que a las 187.5h le debes quitar 5*7.5=37.5h. Resultado: 150 horas a realizar en abril (siempre que no tengas AP, vacaciones, ....).
El Festivo del 6 que te lo pisa tu SS, se te debe guardar para mayo.
Un saludo.
Pero una vez quitados los días no deducibles de Abirl y Mayo, en mi caso 3 dias , tengo que hacer 165 horas. Cuantas horas hay que hacer a la semana?? 33 horas semanales o unas semanas 37.5 y otras por ejemplo 30??
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