Cita Iniciado por AguiluchoSVQ Ver mensaje
otra duda
si pillo vacaciones del 12 de mayo (martes) al 19 de mayo(martes)¿me cuentan todos los dias de vacaciones como 7 horas y media?
Un compañero dice que si y otro que no.

Gracias,un saludo
Orden General número 11, dada en Madrid a 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil.
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Artículo 3. Definiciones.
A los efectos de esta orden general, se establecen las siguientes definiciones:
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e) Semana de trabajo: El periodo comprendido entre el lunes y el domingo de la misma semana en la que, a efectos de su cómputo horario, se ha de excluir en todo caso el descanso semanal correspondiente.
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f) Días deducibles: Aquellos que, por no estar en disposición de prestar servicio en su propia unidad, se descuentan del periodo de referencia para el cálculo de la jornada y de la semana de trabajo, por alguno de los siguientes motivos:
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2º. Disfrutar de vacaciones, permisos o licencias, así como hacer uso debidamente autorizado de los días dedicados a las actividades asociativas concernientes al desempeño de sus funciones como vocal o representante de las asociaciones con presencia en el Consejo de la Guardia Civil, contabilizadas a razón de siete horas y media u ocho, en función del régimen de prestación del servicio, y de acuerdo con las normas establecidas en la normativa que regule su disfrute.

A fin de que sean considerados neutros, los días deducibles computarán a razón de siete horas y media si la jornada de trabajo es de treinta y siete horas y media semanales, y de ocho horas si es de cuarenta.

Del mismo modo, cada semana deducible, entendida como aquélla en la que todos los días son deducibles, computará a razón de treinta y siete horas y media o de cuarenta, en función de la jornada de trabajo considerada.

Pues leyendo esto, yo entiendo que los cinco primeros días de las vacaciones que planteas, computan a razón de 7´5 horas/día, y los dos días restantes, al pertenecer a otra semana distinta también computan a 7´5 horas/día, lo que haría un total de 52´5 horas. Distinto sería que los siete días de vacaciones pertenecieran a la misma semana de trabajo, en cuyo caso, esta semana sería considerada como “semana deducible”, entendida como aquella en la que todos los días son deducibles, y computarían 37´5 horas en total.