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Resultados 1 al 7 de 7
  1. #1

    Duda sobre vacaciones

    Hola, una duda muy básica,... para coger 2 fines de semana hay que pedir vacaciones del viernes de la primera semana al lunes de la tercera? O pidiendo del viernes de la primera semana al domingo de la segunda se cogen los dos fines de semana?

    Gracias

  2. #2
    Fuera de los turnos de verano, si pides de viernes de la primera semana al lunes de la tercera, tendrás los dos fines de semana que hay en medio. Disfrutarás 11 días de vacaciones y gastarás del crédito 7.

    Y, siguiendo fuera del verano, si pides del viernes de la primera semana al domingo de la segunda, tendrás el primer fin de semana y también el segundo, pero al concluir las vacaciones en domingo, éste si descuenta del crédito de vacaciones. Disfrutarás 10 días de vacaciones y gastarás del crédito 7 días.

    Por eso te compensa más el primer caso.

  3. #3
    Gracias por la respuesta

  4. #4
    otra duda
    si pillo vacaciones del 12 de mayo (martes) al 19 de mayo(martes)¿me cuentan todos los dias de vacaciones como 7 horas y media?
    Un compañero dice que si y otro que no.

    Gracias,un saludo

  5. #5
    Cita Iniciado por AguiluchoSVQ Ver mensaje
    otra duda
    si pillo vacaciones del 12 de mayo (martes) al 19 de mayo(martes)¿me cuentan todos los dias de vacaciones como 7 horas y media?
    Un compañero dice que si y otro que no.

    Gracias,un saludo
    Orden General número 11, dada en Madrid a 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil.
    ----//-----
    Artículo 3. Definiciones.
    A los efectos de esta orden general, se establecen las siguientes definiciones:
    ------//------
    e) Semana de trabajo: El periodo comprendido entre el lunes y el domingo de la misma semana en la que, a efectos de su cómputo horario, se ha de excluir en todo caso el descanso semanal correspondiente.
    -------//-------
    f) Días deducibles: Aquellos que, por no estar en disposición de prestar servicio en su propia unidad, se descuentan del periodo de referencia para el cálculo de la jornada y de la semana de trabajo, por alguno de los siguientes motivos:
    ----//---
    2º. Disfrutar de vacaciones, permisos o licencias, así como hacer uso debidamente autorizado de los días dedicados a las actividades asociativas concernientes al desempeño de sus funciones como vocal o representante de las asociaciones con presencia en el Consejo de la Guardia Civil, contabilizadas a razón de siete horas y media u ocho, en función del régimen de prestación del servicio, y de acuerdo con las normas establecidas en la normativa que regule su disfrute.

    A fin de que sean considerados neutros, los días deducibles computarán a razón de siete horas y media si la jornada de trabajo es de treinta y siete horas y media semanales, y de ocho horas si es de cuarenta.

    Del mismo modo, cada semana deducible, entendida como aquélla en la que todos los días son deducibles, computará a razón de treinta y siete horas y media o de cuarenta, en función de la jornada de trabajo considerada.

    Pues leyendo esto, yo entiendo que los cinco primeros días de las vacaciones que planteas, computan a razón de 7´5 horas/día, y los dos días restantes, al pertenecer a otra semana distinta también computan a 7´5 horas/día, lo que haría un total de 52´5 horas. Distinto sería que los siete días de vacaciones pertenecieran a la misma semana de trabajo, en cuyo caso, esta semana sería considerada como “semana deducible”, entendida como aquella en la que todos los días son deducibles, y computarían 37´5 horas en total.

  6. #6
    En la Orden General 11/2014 (que entrará en vigor el próximo día 30 de marzo), en el artículo 3 y sobre los días deducibles dice que deducirán 7'5 horas por día:

    "A fin de que sean considerados neutros, los días deducibles computarán a razón
    de siete horas y media si la jornada de trabajo es de treinta y siete horas y media
    semanales, y de ocho horas si es de cuarenta."

    Y como excepción a lo anterior, también en el artículo 3 aparece esto:

    "Del mismo modo, cada semana deducible, entendida como aquélla en la que
    todos los días son deducibles, computará a razón de treinta y siete horas y
    media o de cuarenta, en función de la jornada de trabajo considerada."

    De esto hay que deducir que sólo en el caso de semanas completas (es decir, de lunes a domingo completo), si los siete días son deducibles detraen 37'5 horas en total. Ahora, si son días sueltos (del 12 de mayo al 19 de mayo), deduciría a razón de 7'5 horas cada día, puesto que no es una semana completa.

  7. #7
    Gracias por la ayuda.
    Entonces esta genial así.Para los que no gastamos todas las vacaciones en verano y pedimos algún puente nos va a cundir un montón.

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