Cita Iniciado por obvio Ver mensaje
Resumen:

Descanso por festivo: es un día deducible.

Día deducible: es un DÍA en el que no estás disponible para el servicio, y además se restan las horas.


Para el que no quiera entenderlo: conducto reglamentario.
Y para el que quiera entenderlo? Se sobre entiende que esos días son físicos. Es decir deducibles y a su vez físicos. No vale con deducirlos y cuadrar sin mas.
Perdon por mi insistencia.