Cita Iniciado por cosa_nostra Ver mensaje
instruccion 5/2009

en el apartado D : si el interno padece lesion , enfermedad u otra circunstancia impeditiva la conduccion podra realizarse en ambulancia con seguridad adecuada y sin sin apertura desde el interior a juicio del medico del centro ......dando los miembros de FFCSS escolta y proteccion desde otro vehiculo


creo que queda claro como actuar...
A esa me refería compañero aunque a esa instrucción la sustituye la 8/2009 pero dice lo mismo en ese aspecto, lo único que han modificado es la competencia de CNP en cuanto a traslado de presos para peor para nosotros claro jajaja