El juez estima que existen «indicios radionales de criminalidad», aunque no entra en el fondo de la causa

El titular del juzgado de instrucción número 2 de Guadalajara ha imputado al agente de la Guardia Civil de Guadalajara que el 24 de octubre de 2013 disparó y causó la muerte a un supuesto atracador en Cabanillas del Campo por un supuesto delito de «homicidio imprudente». Según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Efe, el juez ordena transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado al estimar que, sin entrar a prejuzgar el fondo de la causa,«existen indicios racionales de criminalidad» en el agente que provocó la muerte a G.L.R.
El juez asegura que, de las diligencias realizadas, se desprende que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un presunto delito de homicidio imprudente cometido con arma de fuego y por imprudencia profesional, por lo que imputa al agente de la Guardia Civil que disparó y designa al Abogado del Estado como responsable civil subsidiario. El juez ha dado traslado al fiscal y resto de acusaciones particulares para que presenten escrito de acusación en un plazo de diez días.
En el caso de los delitos indicados en la resolución, podrían conllevarde uno a cuatro años de prisión; la privación de tenencia de armas de uno a seis años y la inhabilitación para ejercer cargo público de tres a seis años. No obstante, las dos acusaciones particulares personadas en el procedimiento judicial ya han presentado recurso de reforma y subsidiario de apelacióncontra esta resolución al entender que no es ajustada a derecho.
Por un lado, la madre del fallecido ha impugnado la resolución al entender que el procedimiento a seguir es el sumario, donde la calificación del delito es más alta y conlleva más años de prisión, ya que no sería un homicidio imprudente sino doloso. Asegura la madre del fallecido en su recurso que la instrucción de esta causa «está siendo un despropósito total (dicho sea con el debido respeto), pues es lo cierto que esta parte se encuentra totalmente indefensa e incluso con el sentimiento de ser tratado de forma diferente al imputado».
La otra acusación, la pareja del fallecido y madre del hijo menor de edad de ambos, también recurre al entender que se trata de un supuesto delito de homicidio doloso por dolo eventual y no ante un presunto delito de homicidio imprudente con arma de fuego y con imprudencia profesional, por lo que piden que juzgue el caso un Tribunal del Jurado. Según su escrito, la pareja del fallecido asegura que de los hechos relatados en su resolución por el juez «componen un escenario del que únicamente puede extraerse que el imputado pudo representarse sin duda alguna la posibilidad de acabar con la vida» del presunto atracador.
Los hechos

Los hechos que se juzgan tuvieron lugar el 24 de octubre de 2013, cuando se produjo un atraco en una nave del polígono industrial de Cabanillas, en la que entraron tres individuos ocultos bajo un pasamontañas, uno de los cuales llevaba una escopeta con la que hizo un tiro al aire. Tras darse a la fuga, se montó un operativo de búsqueda de los atracadores por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, entre cuyos agentes estaba el imputado y su compañero de patrulla.
Según el juez, al llegar a una nave observó a tres individuos, que no está probado que tuvieran relación con el atraco, «uno de ellos de frente y los otros dos de perfil» a los que se enfrentó con el arma dispuesta para el disparo, y como uno de ellos procedió a la huida a la carrera, procedió a disparar efectuando un único disparo con su arma reglamentaria.
El juez asegura en su resolución que no está acreditado que el agente les diera el alto, que disparó a una distancia de veinte metros o inferior y que «no consta que G.L.R. portara arma alguna, alcanzándole (el disparo) a la altura de la espalda y saliendo por la barbilla». El joven continuó su huida y cayó posteriormente en un barranco que había en el polígono, donde fue encontrado su cadáver dos horas después, con signos de hemorragia masiva a consecuencia de arma de fuego.
Los recursos planteados por las partes no paralizan el procedimiento, por lo que, salvo en el caso de que fueran estimados, el procedimiento seguiría por los trámites del procedimiento abreviado por un delito de homicidio imprudente cometido por imprudencia profesional


http://www.abc.es/local-guadalajara/...503111931.html