Cita Iniciado por serafin Ver mensaje
Art. 5 de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
d)
Sujetarse en su actuación profesional a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes.
En este caso parece ser que no existe nada ilegal.
Acaso en las siete u ocho horas de servicio no paráis a ningún coche, ni veis nunca nada raro?, supongo que lo habrá dicho para que tengáis algo de iniciativa, porque puede que no sea vuestro caso, pero es que muchos salimos a pasear y me pongo yo el primero aunque no es cierto que yo salga de paseo.


Tras la última trifulca en la q me dijo q si o si dos identificados me lo llevé a un punto de identificación. Delante de sus narices paramos 15 coches. A 9 los saludamos por el nombre, otros 4 eran del pueblo y le dijimos más o menos a q se dedicaban. 2 no los conocíamos pero eran de la zona.... Conclusión del tte... Hay q grabar en sigo.