Buenas compañer@s, el motivo del presente es porque para variar, tenemos otro debate entre compis, interpretando la orden de vacaciones, los hay que entendemos que si pedimos mas de diez días seguidos hábiles, nos contarían entonces los fines de semana. Aquí es donde entendemos que perdemos días de cómputo anual de vacaciones.
En la antigua normativa en 2 turno de vacaciones de verano, si eligiese del viernes 17 hasta viernes 31, estaría gastando 11 días del cómputo.
Lo que entendemos con la nueva normativa, si eligiese los mismos días, al superar los 10 días hábiles en la petición, gastaría 15.

Alguién que nos ilustre e ilumine, puesto que la verdad me da igual hacer dobletes o estar quemado en el trabajo, pero solo viajo una vez al año a mi tierra y si pierdo días....ya es para que nos cuelguen de un pino.