Leyendo otros mensajes anteriores, me percato de que Fermene no tiene conocimiento juridico alguno;
No conoce los terminos,
NOTIFICACION, SANCION, DENUNCIA, RESOLUCION, RECURSO, PLAZO
Mezcla y confunde la notificacion con la sancion, cree que una notificacion es una ejecucion, teniendo plazo util para realizar alegaciones y recursos observa inconstitucionalidad e indefension.
Le insto a que se busque un Licenciado en derecho, aqui no se le va a poder instruir en 500 folios y sus aseveraciones se basan en teorias juridicas de barra de bar, le invito a leer la legislacion aplicable a su caso y volver aqui a debatirlarla conmigo, yo le espero dispuesto a ello, la conozco de memoria y estoy actualizado en dichas materias, pero como comprendera usted le esta dando unas patadas a la legislacion monumentales, por hablar de algo que conoce de oidas.
Le insto a ello, no me vera a mi llevarle la contraria en temas informaticos, pero legislativamente esta usted muy perdido y este no es un foro juridico, cuando este preparado le esperamos.
Como dijo usted sus estudios a otro compañero, le dejare los mios,
Mando de la GC, psicologia y en tercerode derecho.
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