Resumiendo la normativa seria lo siguiente:
- En los asientos delanteros del vehículo no pueden viajar menores de 12 años, salvo que utilicen dispositivos homologados.
- Si su estatura es igual o superior a 1,35 cm, podrán viajar aunque no tengan esa edad utilizando el cinturón de seguridad.
- Las personas cuya estatura no alcancen los 1,35 cm, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado a su talla y peso.
- Será obligatorio llevar al niño en sentido contrario de la marcha, siempre que la silla lo permita, hasta los 15 meses.
- Los niños de menos de 1,35 cm de altura no podrán ir en el asiento delantero, siempre que puedan hacerlo en el trasero. ( esto ultimo es nuevo en la normativa )
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