El problema no es la resolución judicial que decida sobre tu culpabilidad o inocencia, lo peliagudo del tema es que tu im****ción en la causa se produzca sin respetar ni de la forma más leve la garantía jurídica mínima que todo ciudadano debe tener.
Si a los detenidos por cualquier otro delito de los contemplados en el código penal, se les hubiera coartado su libertad con arreglo a las mismas pruebas y/o testimonios que hoy en día se recaban en cientos de atestados instruidos por lesiones o amenazas en el ámbito familiar, los miembros de la policía im****dos por de delito detención ilegal serían muchos. Y no me cabe duda que dicha im****ción se realizaría de forma acorde a la ley.
Vamos, que en el procedimiento penal español se han instaurado desde el comienzo de la aplicación de esta ley dos varas de medir perfectamente diferenciadas a la hora de privar de libertad a un detenido. Una para los delitos supuestamente cometidos en el ámbito de la Violencia de Género, y otra general que se aplica con arreglo al resto.
Marcadores