[quote user="petersniper" post="786052"]Yo he oido algo de que pudieran incluirlo en un futuro como pagos en especie, calculando el precio medio de los pisos en alquiler. Y asi nos lo incluirian en el certificado de retenciones para que conste en la declaración de renta. Pero vamos que las fuentes no son muy fiables.[/quote]
Ya Hacienda lo considera un pago en especie. Metete en el apartado de Haberes de este Foro y verás algo sobre pabellones. La cuestión (para ellos) es cómo lo declares. Si aportas documentación en la que se demuestre que vives en un pabellón por motivos de seguridad y que también estás obligado a vivir ahí... No te tributa. Y llegados a este punto: ¿No estamos semiobligados a vivir en la Unidad de Destino según una O.G.? ¿Me deja el Cuerpo vivir en mi casa adquirida que está a 1.000 Km. de mi Unidad y por la cual pago mi hipoteca? ¿No es esta sino una forma de obligarte pues no te ofertan plazas si quiera para la Comandancia donde tienes dicha vivienda? Juzguen ustedes :xrevienta:-)
Yo vivo en un pabellón por NECESIDAD. No puedo permitirme el pagar un alquiler, teniendo que dar de comer a 3 personas y pagar una hipoteca. Entiendo, no obstante, aquellos que abogan por pagar un "alquiler" por los pabellones, pues yo también he vivido situaciones de abusos de muchos guardias (no se merecen la catalogación de compañeros) que viven fuera del Cuartel y meten a la hija y su novio a vivir en un pabellón por ejemplo.
En fin, pagaremos justos por pecadores. Como siempre.
Marcadores