Hola buenas tardes, tengo una duda compañeros. Si estas destinado en Rural, según la OG estás obligado a portar en tu manga derecha bajo el hombro el distintivo de destino de la Comunidad Autónoma donde estés desempeñando tu función, pero, si por ejemplo estás destinado en Tráfico, Seprona, etc, también puede seguir portándose? yo entiendo que si, que si por ejemplo, estás de Tráfico en algún destacamento de Andalucía puedes portar además de los distintivos de función y de especialidad en el pecho, y el otro de destino en la manga derecha.
(hablo de uniformidad de diario, pero supuestamente según esta OG, debería portarse con cualquier uniformidad.)
Un saludo. Espero que podáis resolver esta duda. Es que nos
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