Bueno, lo que digo lo baso en la legislación, las sentencias que he leído, y mi experiencia personal, que he visto como en unidades de PJ y del SIGC han revocado la vacante de compañeros cagando hostias y sin ningún problema. Te invito a que me muestres alguna resolución judicial que haya obligado a reponer en su puesto a alguien cesado de una vacante de LD. Confianza es la clave, y es un concepto subjetivo en si mismo. Se pierde la confianza, se cesa en la vacante y no hay más, y la jurispridencia lo apoya. Precisamente es uno de los motivos por lo que se tiende a limitar el número de destinos de LD, por la excepcionalidad de la forma de su asignación.
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