La abuela de tu esposa, con respecto a ti, es familiar en 2º grado de consanguinidad-afinidad.
Si te dieran el permiso urgente, te corresponderían 4 días al ser en distinta localidad a la de tu destino.
Ten en cuenta esto:
"El permiso comenzará de forma inmediata a la producción del acontecimiento del que trae causa y, en correspondencia con lo anterior, el permiso finaliza cuando deja de existir la causa que dio origen a su concesión, es decir, la gravedad de la enfermedad, o bien por agotar los días de permiso concedido por este motivo.
Los sábados serán considerados días hábiles.
Por su parte, cuando sea requerido por quien concede el permiso, será necesario justificar debidamente la gravedad de la enfermedad."
Los domingos y días festivos son inhábiles, es decir, no consumen día de permiso urgente. Si ya has hecho el servicio y se produce la contingencia, lo lógico es que el permiso te empiece a contar al día siguiente.
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