A ver, yo entiendo que si por ejemplo entras a las 22 y acabas a las 6, haces ocho horas. Tu periodo de 24 horas acaba a las 22 del día siguiente de iniciar turno. Si entras otra noche a las 22 se respetaría porque en un periodo de 24 horas sólo has trabajado 8. distinto sería si entras la segunda noche a las 21, porque entonces trabajarías 9 horas en el citado periodo. Eso es lo que yo entiendo. Espero haberme explicado bien porque parece un trabalenguas. Lo que habla el artículo sobre la Policía nacional se referirá a que ellos normalmente trabajan de 22 a 8, que son 10 horas.
Saludos