Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 1 al 3 de 3
  1. #1

    A ver si es vedad y lo cumple...

    El Gobierno anulará las tomas de posesión de los concejales catalanes que juren por la independencia

    La Delegación en Cataluña tiene instrucciones de revisar las actas de los secretarios municipales para comprobar la legalidad de la fórmula utilizada por los ediles
    Más de 8.000 ayuntamientos celebran este sábado el pleno de constitución de la nueva corporación municipal tras las elecciones del 24-M. Los alcaldes y concejales deben jurar o prometer acatamiento a la Constitución, pero en Cataluña los ediles independentistas piensan utilizar otra fórmula. El Gobierno ya está listo para anular esas tomas de posesión si se produjeran así.


    Fachada del ayuntamiento de Tàrrega con la estelada.


    Hace una semana, ECD adelantó que los concejales independentistas de Convergència i Unió y de Esquerra Republicana de Cataluña se habían comprometido con la Asociación de Municipios por la Independencia a prestar juramento expresando su adhesión al proceso soberanista.
    La fórmula elegida será la siguiente: “Por expresión democrática de la voluntad ciudadana, anuncio que quedo a disposición del nuevo Parlamento, del Presidente y del Gobierno de la Generalitat de Cataluña que surjan de las elecciones del 27 de septiembre de 2015, para ejercer la autodeterminación de nuestro pueblo y proclamar, junto con todas las instituciones, el Estado catalán, libre y soberano”.
    Está previsto que este sábado varios cientos de concejales nacionalistas de toda Cataluña tomen posesión del cargo con esas palabras añadidas al texto general en el que se comprometen a “cumplir fielmente las obligaciones del cargo de concejal”.
    La Junta Electoral Central ha advertido ya de que esta fórmula no es válida a los efectos de cumplir con el requisito de jura o promesa de acatar la Constituciónque establece la ley.
    Anulación de las tomas de posesión

    Según ha sabido El Confidencial Digital, de fuentes conocedoras del proceso, la Delegación del Gobierno en Cataluña anulará los actos de toma de posesión que no cumplan con lo establecido en la ley, es decir, aquellos en losque los concejales añadan su compromiso de trabajar por la secesión.
    Los secretarios de los ayuntamientos levantarán acta de lo que ocurra en los salones de plenos, durante las sesiones de constitución, y en ellas tendrán que reflejar cómo han jurado o prometido su cargo todos los concejales. En esta ocasión se prestará especial atención a las tomas de posesión para, en su caso,invalidar aquellas que invoquen la independencia.
    La Ley de Bases del Régimen Local permite, en su artículo 67, que el delegado del Gobierno suspenda actos o acuerdos de entidades locales “que atentan gravemente al interés general de España”. Lo puede hacer después de requerir al presidente de la corporación municipal -es decir, al alcalde- para que anule el acto. Una vez suspendido, el delegado del Gobierno debe llevarlo ante los tribunales por la vía contencioso-administrativa.
    De esta forma, se podrán anular los plenos de constitución de los ayuntamientos en los que los concejales juren su cargo sin atenerse a la fórmula que establece elartículo 108.8 de la Ley del Régimen Electoral General, que señala que “deben jurar o prometer acatamiento a la Constitución”. Tras ser anulados, en principio se tendrían que volver a repetir.
    Vacía de contenido el juramento

    El Tribunal Constitucional ya sentenció que “para tener por cumplido el requisito legal de prestación de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución” no bastaría sólo con emplear la fórmula ritual, sino que hay que emplearla, además, “sin acompañarla de cláusulas o expresiones que de una u otra forma, vacíen, limiten o condicionen su sentido propio, sea cual fuese la justificación invocada para ello”.
    La Junta Electoral Central ya ha advertido también de que la fórmula impulsada por la Asociación de Municipios por la Independencia, que habla de “proclamar el Estado catalán libre y soberano”, no es válida y su uso incumple lo dispuesto en la Constitución. Argumenta que el añadido independentista vacía de contenido el juramento o promesa anterior de acatar la Carta Magna.





  2. #2
    Campagnolo
    Guest
    Lo que pasa en España no ocurre en ningún otro sitio. Lo peor es que jurarán su cargo por obra y gracia de Lluís Compayns y no pasará nada.

  3. #3
    Cómo soy aficionado al deporte de las dos ruedas, acabo de ver cómo el señor Lorenzo ha encadenado su cuarta victoria en el circuito catalán de Montmeló. Pues me he quedado patidifuso cuando una buena parte de los asistentes le abucheaba y posteriormente volvían a silbar cuando se interpretaba el himno.

    Qué cosas tan absurdas pasen en el mundo del futbol...pues vale; pero abuchear a alguien que se juega la vida....eso es de taraos.

    Lo siento señores moderadores y público en general, pero si quieren vuestras mercedes me sancionan a pan y agua, pero no puedo reprimirme y tengo que decir, que esta gente, además de sufrir un retraso mental preocupante, tienen mala leche para dar y tomar.

    Un día de estos prohíben el himno para no soliviantar o provocar a los provocadores…y se quedan tan anchos.

Marcadores