Muchísimas gracias compañeros,la verdad es que el chaval estaba un poco preocupado,esta un poco pelao de pasta y soltar 400 napos no era plato de buen gusto,un saludo a todos

Muchísimas gracias compañeros,la verdad es que el chaval estaba un poco preocupado,esta un poco pelao de pasta y soltar 400 napos no era plato de buen gusto,un saludo a todos
hola, mira en la intranet una O.General sobre resarcimiento patrimonial, es del año 1980 o algo así, te hablo de cabeza y desde casa. Viene el procedimiento, si no recuerdo mal instancia, instrucción de expediente (Dirección o Zona según importe a reclamar), nombramiento de Instructor (creo que al menos nivel Comandante) y Secretario, etc. vamos un poco farragoso, pero al final igual cobras.... Necesitas facturas, informe sobre preexistencia del bien dañado, igual tienes que justificar que era necesario llevarlo en ese momento...(por ejemplo, rotura de gafas de sol a las 3 de la mañana, las llevas sin ser necesario, es un decir)...
Siendo no poder dar mas detalles, pero estoy en casa. Esto es para que los gastos te los pague la Guardia Civil, es la misma orden que utilizan para a la contra intentar que tú pagues material que has deteriorado o extraviado, por ejemplo una pistola,el SIRDEE, unos prismáticos,.....
Hola, trasteando en Internet, he localizado la O.G. nº 4/1998, de18/02/1998,BOC nº 6. Es mas o menos como te decía, deroga la Orden del año 1980 que no recordaba. A ver si así se le refresca la memoria a tu Compañía y Comandancia (Lo suele llevar el Negociado de Expedientes, o Procedimientos, o como le llamen en cada Comandancia...)
Saludos.
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