Ya te digo...la legislación en esta bendita empresa es DELIBERADAMENTE ambigua para que cada "responsable" aplique según su antojoYo entiendo que ese DS que te mueven, pasa a denominarse compensatorio. Si tienes DS martes miercoles, te fastidian el martes y pasa al jueves, ese descanso en miercoles jueves pasa a denominarse compensatorio, o solo el jueves. Así lo entendí, pero puedo estar equivocado. Esta OG da lugar a muchas interpretaciones por desgracia.
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