NO quiero justificar a la empresa, ni mucho menos, pero por si te vale de algo te explico una cosa.
Una sanción la Judicial es por el hecho de conducir con una tasa de alcohol por encima de lo estipulado.
La segunda sanción es por haber sido condenado por sentencia firme, no por conducir por una tasa de alcohol por encima de lo estipulado.
La tercera sanción o mejor denominada cambio de situación es por la circunstancia de haber perdido el permiso de conducir, que se entiende de necesaria necesidad para el desarrollo habitual de las funciones policiales.
De todas maneras tienes todo mi apoyo y deseo de todo corazón que se solucione está exagerada y desmedida represión por un fallo que TODOS en mayor o menor cuantía hemos cometido, suerte y un consejo para el que quiera escuchar, es mejor una sanción económica que identificarse como Guardia y nos pase lo mismo, que hay muchos que desean el mal ajeno. MEGAPI 1302, suerte y no te tomes a mal mi participación, solo quiero mostrar cual es la base en la que se basan para esta actuación. Un abrazo.