Si afecta a la estructura o distribución del pabellón se considera obra y tienes que pedir permiso a la junta de pabellones, entiendo que con autorización se presume que vas a vivir fuera durante ésta.
De todos modos, según la O.G. para cesar en el derecho tienes que mantenerlo desalojado por un tiempo superior a tres meses sin causa justificada.
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