Hola compañeros
Os hago aquí una pregunta que no sé si ha salido ya.
Tenemos un artículo que nos gustaría fuese publicado en la revista de la Guardia Civil y nos surgen algunas dudas.
La primera es saber si se ha de cursar por conducto reglamentario, con la correspondiente "censura" si fuese el caso
Y la segunda, en caso de que se pueda hacer de motu propio, ¿cuál sería el precedimiento? Me refiero a si se
tendría que enviar a algún mail, correo groupwise o lo que sea
A ver si alguno de los que rondan por aquí, han publicado algo :salu:
También nos comenta el sargento de aquí, que él cree que los artículos son remunerados, pero claro, entonces habría
que adjuntar nº de cuenta o se haría un abono a la cuenta de la nómina. Bueno, por preguntar que no quede, que aunque
no nos hagamos ricos ni vayamos a ser "plumillas" de renombre, por lo menos que nos de para una cenita Xfumx:-
Gracias y saludos
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