En primer lugar indicarte que tu Comandante de Puesto no es la autoridad competente para otorgar o denegar la compatibilidad, habida cuenta que es la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección del Ministerio de Interior.
El régimen de incompatibilidades viene recogido en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil Artículo. 7. Faltas muy graves. Son faltas muy graves, siempre que no constituyan delito: 18. Desarrollar cualquier actividad que vulnere las normas sobre incompatibilidades.

Por lo que tener una segunda actividad sin estar autorizado puede tener consecuencias nefastas, pero claro todo no puede ser malo, generalmente te autorizan las solicitudes de compatibilidad, después de agotar la vía administrativa.

Como he indicado en otras ocasiones mi compatibilidad me la gestionó el letrado Juan Jesús Blanco, teléfono 600 81 78 25.