Cita Iniciado por idri Ver mensaje
Entiendo que enero cuenta yo llevó 32
Enero del 2016 no cuenta; son las noches del año natural, así que hasta el 31 de diciembre 2015.

Esto lo puedes ver en el artículo 13, apartado 3, de la Orden General 11/2014 sobre jornada laboral:

"3. A los efectos de esta orden general, tendrá la consideración de trabajador nocturno
quien realice, al menos, cincuenta y ocho servicios nocturnos en modalidad de prestación
de actividad en el periodo de un año natural."

Y para este año 2015, la siguiente Disposición de la citada Orden General, especifica lo siguiente:

"Disposición transitoria primera. Consideración de trabajador nocturno durante el año 2015.
A los efectos previstos en el artículo 13.3, en el año 2015 tendrá la consideración de
trabajador nocturno quien realice, al menos, cuarenta y cuatro servicios nocturnos en
la modalidad de prestación de actividad, o la parte proporcional que corresponda a las
mujeres en los supuestos de permiso por parto o embarazo contemplados en el citado
artículo, contabilizando los realizados en los meses de abril a diciembre, ambos inclusive."