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  1. #1
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    Pero la 2/86 no puede prevalecer sobre el código penal y resto leyes penales...es decir el tráfico de drogas ycla trata de blancas son delitos y por lo tanto no se pueden circunscribir a un cuerpo u otro. No así extranjería, protección de la naturaleza o trafico en sus vertientes admon. porque por poner un ejemplo perfectamente el CNP persigue delitos contra la seguridad vial o contra la propiedad industrial por poner dos ejemplos de ambitos relacionados con fiscal y trafico (dos ámbitos que la 2/86 reserva para la GC).
    La 2/86 convive en perfecta sintonía con el c.p., pues el tener una competencia u otra no está reñido con la persecución del delito, y eso viene reflejado en los principios básicos de actuación en su primera norma (Acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico). Pero todos sabemos que los expedientes de expulsión son tramitados por el cnp, sin embargo la droga que es competencia también del cnp la ejercen el resto de cuerpos también... es curioso, verdad? ya se que no es lo mismo tramitar los expedientes de negritos que no es tan goloso, pero es solo un ejemplo de que es una pisada de competencias en toda regla, y NO PASA ABSOLUTAMENTE NADA. A mí no me importa que otros cuerpos persigan delitos que no sea de su competencia, pues redunda en beneficio del ciudadano, lo que me molesta es que los mandamases se preocupen solo de perseguir con más vehemencia los delitos que les interesan de cara a la galería.

  2. #2
    Cita Iniciado por ARES_CNP Ver mensaje
    La 2/86 convive en perfecta sintonía con el c.p., pues el tener una competencia u otra no está reñido con la persecución del delito, y eso viene reflejado en los principios básicos de actuación en su primera norma (Acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico). Pero todos sabemos que los expedientes de expulsión son tramitados por el cnp, sin embargo la droga que es competencia también del cnp la ejercen el resto de cuerpos también... es curioso, verdad? ya se que no es lo mismo tramitar los expedientes de negritos que no es tan goloso, pero es solo un ejemplo de que es una pisada de competencias en toda regla, y NO PASA ABSOLUTAMENTE NADA. A mí no me importa que otros cuerpos persigan delitos que no sea de su competencia, pues redunda en beneficio del ciudadano, lo que me molesta es que los mandamases se preocupen solo de perseguir con más vehemencia los delitos que les interesan de cara a la galería.
    Cuantas veces has detenido por delitos contra la seguridad vial, seguramente mas de una...ya te digo yo que no pisabas a nadie. Tu tienes la obligación de perseguir delitos y es lo que hacías. Igualmente con delitos contra la propiedad industrial o intelectual. Y las competencias en tráfico y fiscal son GC.

    ¿Que es comerse las competencias...?. Lo que hace la adscrita en alicante y galicia con actuaciones propias de seprona y fiscal.
    Investigación de incendios y control de tabaco en establecimientos públicos y en definitiva control giscsl y persecución del contrabando. Y oye que luchan contra los malos... y es siempre bueno...pero la realidad es esa.
    La Gc en extranjería y documentación no se mete no solo porque no le compete sino porque lo tenemos prohibido en nuestras normas de actuación...solo podemos actuar informando y con la dirección del CNP.

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