Buenas tardes, abro este tema debido a mi ignorancia, a ver si entre todos me podéis ayudar, mi duda es la siguiente:
Con la modificación del código penal las faltas pasaron a ser delitos leves, para la imputación de un delito leve a una persona o para su toma de manifestación en dependencias policiales, es necesario abogado o puede realizarse esta diligencia sin tal asistencia como en el caso de las viejas faltas penales?
Gracias de antemano.
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