Hola, he estado varios meses sustituyendo accidentalmente a un cabo jefe de Area y recientemente solicite a la Direccion General con la documentacion oportuna, que me anotara dicha vicisitud en mi gestion profesional como sucesiones del mando.
La respuesta que recibo es que segun ellos la O.G. n°9 de fecha 22/11 en su art 2 "establece las unidades basicas territoriales, descendiendo hasta el nivel de Puesto, quedando las Areas funcionales de estos fuera del ambito de aplicacion de la sucesiones del mando".
Yo creo que es una congetura o deduccion que ellos se han sacado de la manga, ya que realmente sustituyo a un cabo que no deja de ser un mando y mas aun en SIGO tengo anotado los periodos como " ejercicio habitual de funciones de mando".
Alguien ha tenido algun caso parecido? Gracias y un saludo.