Expongo, textualmente;
"Aquellos que se causen a tercerossiendo conducido el vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogastóxicas, estupefacientes o sustanciaspsicotrópicas, con exceso de carga ode número de personas transportadas,cuando el conductor no estuviera autorizadoexpresa o tácitamente por supropietario o careciera del reglamentariopermiso de conducir o este no seaválido según las leyes españolas o hayaquebrantado la condena de anulación..."
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