Esto es lo que dice el baremo, que lo podéis ver por aquí:
http://www.guardiacivil.es/web/web/d...Apendice_D.pdf
2.2.4. Bachiller LOE 2/2006, de 3 de mayo, o equivalente académico.....3 puntos
Pero también dice esto:
No serán objeto de baremación: las pruebas o titulaciones que sólo
facultan o pueden servir para acceder a determinadas enseñanzas
Entonces a qué se refiere con equivalente académico?
Yo creo que se refiere a las "titulaciones" tipo la de acceso a la universidad para mayores de 25, o de acceso de ciclos y demás, que te permiten por ejemplo acceder a la universidad, pero no eres un bachiller titulado como tal. No se si me he explicado.
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