Perdón me he equivocado, mira lo que dice la convocatoria de és año:
2.1.10 No tener cumplida ni cumplir durante el año 2016 la edad de cuarenta y un
(41) años.
Con lo cual de no cambiar, el año que viene no se podrá cumplir los 41 en 2017, ni tenerlos ya cumplidos, claro.
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