Nooooo, como se les ocurriría!?!? Tienes que librar!!! Faltaria más. Perdona la ironía pero macho vaya preguntas
Hola compañeros tengo una pequeña duda relacionado con el servicio, si en una semana tengo el Lunes vacaciones, Martes descanso singularizado de festivos correspondientes del mes anterior, Miércoles, Jueves y Viernes Asuntos particulares, Sábado y Domingo te pueden nombrar servicio o te corresponde libre esos días al no librar durante esa semana, gracias.
Nooooo, como se les ocurriría!?!? Tienes que librar!!! Faltaria más. Perdona la ironía pero macho vaya preguntas
Muchas gracias compis
No podrías trabajar solo si se trata del finde de la última semana del periodo de referencia. Si es otra semana, puedes trabajar y ya descansarás 4 días la semana siguiente.
Todo esto, no de manera "gratuita", si no por las necesidades del servicio recogidas en la OG.
No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.
Siendo cierto lo que dices, es muy complicado por no decir excepcional que se de ese caso. La definición de necesidades del servicio que recoge la nueva orden hace que prácticamente no se pueda usar.
Las necesidades del servicio tienen que ser sobrevenidas, no planificadas.
No hay nada repartido de modo más equitativo en el mundo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente.
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