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No podrías trabajar solo si se trata del finde de la última semana del periodo de referencia. Si es otra semana, puedes trabajar y ya descansarás 4 días la semana siguiente.
Todo esto, no de manera "gratuita", si no por las necesidades del servicio recogidas en la OG.
Las necesidades del servicio tienen que ser sobrevenidas, no planificadas.
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