Solo te lo pueden denegar (siempre por escrito, al igual que tu solicitud) por necesidades del servicio debidamente justificadas.

Solo te lo pueden denegar (siempre por escrito, al igual que tu solicitud) por necesidades del servicio debidamente justificadas.
El cupo es el mismo que para vacaciones, es decir, 1/3.
Los motivos son diversos: superar el cupo, necesidades de servicio justificadas...
Lo de denegar por escrito ya depende del Puesto... Yo para denegarlos, hablo con el Guardia y le expongo las razones de la denegación. Si no está de acuerdo, tiene todo el derecho a que se le denieguen por escrito para elevar instancia al superior jerarquico. Vamos que si lo solicitas, te lo tienen que responder por escrito
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