Aunque este el cupo completo de 1/3 te lo pueden aprobar... Es un derecho que tenemos esos Ap y no pueden denegaron así por así. A ver si mueven gente de unos núcleos a otros por unas cosas y no para que tus derechos se cumplan. Y que el que los deniega por necesidades de servicio primero se lea qué so las necesidades del servicio.... Que no vendría nada mal saberlo como el padre nuestro. Tal vez se lleven alguna sorpresa. En la Ley de servicios viene bien clárito.