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Resultados 1 al 10 de 10
  1. #1

    Duda asuntos particulares

    Hola, tengo una duda respecto a los asuntos particulares.

    - ¿Cuantos se pueden ir a la vez de asuntos particulares?
    - ¿Porqué motivos te los pueden denegar?
    - ¿Si hay gente de sobra para realizar servicio te los pueden denegar?
    - ¿En caso de que los denieguen; te lo tiene que dar por escrito?

    He estado leyendo todas las O.G que hay sobre el tema y no encuentro respuestas a esas preguntas :S

    Gracias de antemano

  2. #2
    B a n n e d
    Fecha de ingreso
    22 sep, 15
    Ubicación
    Muuuy lejos
    Mensajes
    595
    Solo te lo pueden denegar (siempre por escrito, al igual que tu solicitud) por necesidades del servicio debidamente justificadas.

  3. #3
    El cupo es el mismo que para vacaciones, es decir, 1/3.
    Los motivos son diversos: superar el cupo, necesidades de servicio justificadas...
    Lo de denegar por escrito ya depende del Puesto... Yo para denegarlos, hablo con el Guardia y le expongo las razones de la denegación. Si no está de acuerdo, tiene todo el derecho a que se le denieguen por escrito para elevar instancia al superior jerarquico. Vamos que si lo solicitas, te lo tienen que responder por escrito

  4. #4
    Cita Iniciado por steveo Ver mensaje
    Hola, tengo una duda respecto a los asuntos particulares.

    - ¿Cuantos se pueden ir a la vez de asuntos particulares?
    - ¿Porqué motivos te los pueden denegar?
    - ¿Si hay gente de sobra para realizar servicio te los pueden denegar?
    - ¿En caso de que los denieguen; te lo tiene que dar por escrito?

    He estado leyendo todas las O.G que hay sobre el tema y no encuentro respuestas a esas preguntas :S

    Gracias de antemano
    No sé que Ordenes Generales te has leído sobre el tema, pero todo lo que preguntas está perfectamente explicado.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  5. #5
    Si lo solicitas por escrito, que te lo denieguen por el mismo medio.
    Todas tus dudas vienen recogidas en los FAQ, diversos que hay sobre esa orden en concreto.
    Pero ademas ya te han quedado resueltas por las respuestas de los compañeros,
    La Guardia Civil muere pero no se rinde

  6. #6
    Cita Iniciado por steveo Ver mensaje
    Hola, tengo una duda respecto a los asuntos particulares.

    - ¿Cuantos se pueden ir a la vez de asuntos particulares?
    - ¿Porqué motivos te los pueden denegar?
    - ¿Si hay gente de sobra para realizar servicio te los pueden denegar?
    - ¿En caso de que los denieguen; te lo tiene que dar por escrito?

    He estado leyendo todas las O.G que hay sobre el tema y no encuentro respuestas a esas preguntas :S

    Gracias de antemano
    Entre vacaciones y AP 1 por cada 3

  7. #7

  8. #8
    Aunque este el cupo completo de 1/3 te lo pueden aprobar... Es un derecho que tenemos esos Ap y no pueden denegaron así por así. A ver si mueven gente de unos núcleos a otros por unas cosas y no para que tus derechos se cumplan. Y que el que los deniega por necesidades de servicio primero se lea qué so las necesidades del servicio.... Que no vendría nada mal saberlo como el padre nuestro. Tal vez se lleven alguna sorpresa. En la Ley de servicios viene bien clárito.

  9. #9
    Tienes razón stresito, pero página que hay 3 guardias. 1 está de vacaciones y el otro pide ahí su descanso semanal. Te van a denegar los AP sí o sí, por muchos derechos ..... Lo he visto y seguiré viendo ( y sufriendo)

  10. #10
    Tienes razón stresito, pero página que hay 3 guardias. 1 está de vacaciones y el otro pide ahí su descanso semanal. Te van a denegar los AP sí o sí, por muchos derechos ..... Lo he visto y seguiré viendo ( y sufriendo)

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