En la pagina web de UnionGC (www.uniongc.org) podéis consultar el borrador de la Ley de Personal. La referencia a las retribuciones del personal que se encuentra de baja para el servicio creo que viene en el art. 101.
Recordar que UnionGC es la ÚNICA asociacion representativa que se opuso a la tramitación del actual borrador,repito, la ÚNICA.
Saludos.
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