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Resultados 11 al 20 de 37
  1. #11
    A mí no me lo han convalidado, y lo solicite a la vez que el PER

  2. #12
    PER aparece en BOGC como patron de navegacion basica
    PY y CY aparece en BOGC como patron de embarcacion militar
    En MGP aparecera la resolucion del BOGC, y entre parentesis (convalidado).
    Al menos así me aparece a mi.

  3. #13
    En mi MGP sale “patrón de embarcaciones de recreo”, tal cual. Eso es que lo tengo convalidado o que lo han puesto pero no sirve para nada?

  4. #14
    Yo creo que a mi el per me aparece como patron embstcacion militar, no estoy seguro. Patron de yate aun no he solicitado nada de convalidacion

  5. #15
    una cosa es la anotación de la titulación náutica de recreo y otra la homologación. Por un lado hay que solicitar su anotación en MGP y por otra la homologación por una titulación militar. Por mi caso personal y por lo que veo en los boletines solo homologan el PNB por el curso de "Navegación militar Básica" y el PER por "Patrón de embarcación militar".

  6. #16
    ¿Podrías enviarme la instancia que enviaste?. Mi correo es AJAIVAR@guardiacivil.es
    :-stars:-)

  7. #17
    Convalidación de títulos náuticos de recreo con titulaciones profesionales y militares

    El Real Decreto 875/2014 establece el cuadro de convalidaciones que corresponden a las titulaciones profesionales, académicas, de la Armada, Guardia Civil, Aduanas y Policía, correspondientes a los carnés de PNB, PER, Patrón de yate y Capitán de yate.


    Convalidación del PNB
    El título de Patrón de navegación básica se puede convalidar parcial o totalmente estando previamente en posesión de algunos de los criterios estipulados por la norma en vigor:

    Marinero pescador o competencia de marinero (con al menos 6 meses de embarque).
    FP de Grado Medio de máquinas (debiendo realizar las prácticas del PNB o tener 3 meses de embarque).
    De la Armada:
    Alférez de navío.
    Alférez de fragata.
    Teniente de intendencia.
    Cabo, de especialidad Maniobra y navegación.
    Todos estos títulos profesionales, académicos y de la Armada pueden solicitar la convalidación de la titulación náutica de recreo de PNB personalmente ante una Capitanía Marítima.

    Convalidación del PER
    El carné de patrón de barco del PER o Patrón de embarcaciones de recreo es el presenta más convalidaciones a tenor de la última entrada en vigor del decreto de atribuciones. Pueden solicitar la convalidación total o parcial quienes estén en posesión de los títulos referidos a continuación y cumplan con los requisitos:

    Todos los profesionales de la rama de máquina y radio (con atribuciones para navegar a vela):
    Jefe de máquinas
    Oficial de máquinas (1ª y 2ª)
    Oficial de radio (1ª y 2ª)
    Patrón portuario y tráfico interior
    Patrón local de pesca
    Mecánico naval (menor, mayor, 1ª y 2ª)
    Titulados universitarios de la sección de máquina y puente: con la salvedad de tener que presentar 3 meses de embarque o realizar las prácticas oficiales de navegación y radio en una escuela de navegación homologada. Con los certificados de SMSSM se convalidan las prácticas de radio.
    FP Superior de máquinas: con 3 meses de embarque o realizando las prácticas de navegación y radio obligatorias.
    De la Armada:
    Alférez de fragata
    Suboficial especializado en propulsión
    Suboficial buzo
    Cabo primero de Maniobra y navegación
    Marinero y mecánico del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.
    Agente de Vigilancia Aduanera, especialidad marítima
    Todos los anteriores pueden solicitar la convalidación del PER en Capitanía Marítima presentando la pertinente documentación acreditativa de la condición alegada. La convalidación no exime del pago de las tasas de expedición de título.

    Patrón de yate
    La titulación náutica de Patrón de yate, PY, se puede convalidar estando en posesión de determinados requisitos profesionales, académicos o perteneciendo a determinados cuerpos de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

    Titulados profesionales de la Marina Mercante de la sección de puente:
    Patrón de cabotaje
    Patrón de litoral
    Patrón costero polivalente
    Patrón de pesca litoral
    FP Medio de navegación.
    De la Armada:
    Teniente de infantería de marina
    Suboficial de Maniobra y navegación
    Suboficial de Hidrografía
    Patrón del Servicio Móvil de la Guardia Civil
    Patrón de embarcaciones de los Mossos d’Esquadra
    Patrón del Cuerpo de bomberos de Cataluña
    Quienes cumplan con alguno de estos requisitos y así lo soliciten se les convalida el carné de Patrón de yate con atribuciones básicas: gobierno de embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y navegación limitada a 150 millas de costa.

    Capitán de yate
    La máxima titulación de recreo a que se puede aspirar, Capitán de yate, también es objeto de convalidación si el candidato cumple con una serie de requisitos expuestos en la nueva norma de titulaciones náuticas de recreo:

    Profesionales de la Marina Mercante de la sección de puente:
    Capitán
    Piloto (1ª y 2ª)
    Patrón de altura, mayor de cabotaje
    Patrón de pesca de altura
    Capitán de pesca
    Titulados universitarios de la sección de puente (máster, licenciado y diplomado), con 3 meses de embarque o realizando las prácticas básicas de navegación y seguridad en una academia náutica homologada. Las prácticas de radio también son obligatorias si no se está en posesión de un certificado del SMSSM.
    FP Superior de navegación, en las mismas condiciones con los titulados universitarios.
    Alférez de navío
    Patrón de buques oceánicos de la Guardia Civil
    Cualquiera de estas titulaciones profesionales, académicas y militares dan derecho a la convalidación del Capitán de yate y navegar con sus atribuciones básicas, es decir, sin limitación de eslora y zona de navegación. Además, a los titulados de la Marina Mercante correspondientes a la sección de puentes se les expide el título con habilitación a vela.

    El trámite de convalidación se puede solicitar ante la Dirección General de la Marina Mercante, sus órganos periféricos.




    Se edita, la parte relativa a publicidad.
    Última edición por Edmond; 18/06/2019 a las 17:55

  8. #18
    Patron de yate no te lo convalidad, lo anotan en MGP como patron de yate. Lo que si convalidan es el per, que figura en MGP como patron de embarcacion militar.

  9. #19
    Por casualidad si alguien fue suboficial en la armada, y ha estado de contramaestre en buque escuela, tiene algún tipo de reconocimiento para servicio marítimo?

  10. #20
    Buenas compañeros me podeis mandar la instancia para solicitar la convalidación del PER para que me figure como patrón de embarcación militar. Mi correo @guardiacivil.es
    Gracias!!

    Instancias Varias.
    Última edición por Edmond; 02/09/2019 a las 22:14

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