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  1. #1
    Bueno el caso es que de sargento SI de GC NO. ok

  2. #2
    Cita Iniciado por Alex1975 Ver mensaje
    Bueno el caso es que de sargento SI de GC NO. ok
    Eso viene de la antigua Ley de Carrera Militar, del año 1.977, y era de aplicación exclusiva a los militares de las FAS, no a los de la GC.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  3. #3
    ARANO
    Guest
    Cita Iniciado por Alex1975 Ver mensaje
    Bueno el caso es que de sargento SI de GC NO. ok
    Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil.

    Artículo 20 Empleos honoríficos

    1. En atención a méritos excepcionales o circunstancias especiales, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Defensa, podrá conceder, con carácter honorífico, el empleo inmediato superior del guardia civil que haya pasado a retiro. Los empleos con carácter honorífico también podrán concederse a título póstumo.
    2. La iniciativa para la concesión de empleos con carácter honorífico corresponderá al Director General de la Guardia Civil, que elevará las propuestas al Ministro de Defensa, con el informe del Consejo Superior de la Guardia Civil, motivando los méritos y circunstancias que las justifican.
    3. Se iniciará de oficio expediente para la concesión del empleo superior con carácter honorífico a los guardias civiles fallecidos en acto de servicio o retirados por incapacidad permanente para el servicio, siempre que se produzca en acto de servicio o como consecuencia del mismo.
    4. Los empleos concedidos con carácter honorífico no llevarán consigo beneficio económico de naturaleza alguna ni serán considerados a efectos de determinación de los derechos de Seguridad Social que corresponda.

    Sin embargo siguen sin aplicarla.

    Ver enlace:

    http://www.forodelguardiacivil.com/s...ad.php?t=18908

    Saludos.

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