Una duda, esto dice en referencia a su entrada en vigor:
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II será de aplicación a los hechos causantes acaecidos desde el 1 de enero de 2011"
Ese capitulo es sobre las prestaciones en acto de servicio, quiere decir, que un compañero que actualmente esté de baja, por causas ocurridas en acto de servicio y esas causas se produjeron después del 01 de Enero de 2011, le afecta este RD???
Yo creo que si, es por no dejar ninguna duda en el aire.
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