Enlace, mi humilde opinión no tengo la verdad absoluta, pero creo que es así:
*¿este real decreto es solo de aplicación para los compañeros que entraron a partir del 1/1/11? SI
*¿Si un compañero lleva 20 años de servicio, pero su baja comenzó en 2013, le afecta este R.D.? NO
*Artículo 1 Objeto
Este real decreto tiene por objeto regular, en materia de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, las condiciones y el alcance de la integración en el Régimen General de la Seguridad Social del personal al servicio de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre que el acceso a la condición de que se trate se haya producido a partir del 1 de enero de 2011, así como el procedimiento para el reconocimiento de dichas prestaciones.
No es que haya que cumplir dos requisitos, si no que regula la incapacidad permanente, muerte y supervivencia y el procedimiento para el reconocimiento de dichas prestaciones, quiere decir que son dos cosas las que regula, no son dos requisitos.
Espero haberte ayudado, saludos
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