Cita Iniciado por Falcata Ver mensaje
Un permiso por asuntos particulares se pide por papeleta y es una situación de no disponibilidad para el servicio. Deduce 7'5 horas/día y es inamovible. Exactamente igual que las vacaciones.
Si en un día de festivo nacional estás de permiso por asuntos particulares o de vacaciones, no generas el posterior descanso/festivo al no tener la deducción de 7'5 horas por ese concepto.

Tener cualquier tipo de descanso en un día de festivo nacional no elimina el derecho posterior al descanso/festivo. Simplemente lee el artículo 16 de la Orden General 11/2014, sobre jornada laboral.
Ya. Pero la gran diferencia, es que si pides un AP, lo gastas de tu crédito, mientras que un festivo dentro de tus vacaciones lo que hace, es que no cuenta en tu crédito por lo que no pierdes nada.
Pedir un AP en festivo, es perder un descanso festivo y un AP, osea que te cuesta caro.