Cita Iniciado por Aldebaran1 Ver mensaje
La Guardia Civil responde en su organización y funcionamiento al modelo de instituto armado de naturaleza militar.
Tal y como establece la Ley Orgánica 2/1986 tiene “naturaleza militar”, ( estructura militar )El cuerpo de la Guardia Civil depende del Ministerio de Defensa en todo lo concerniente a su organización, personal, disciplina, armamento y servicio militar, y del Ministerio del Interior, administrativamente (percibo de haberes, acuartelamiento, embarcaciones, etcétera) y en cuanto a su servicio especial (orden público, tráfico, etcétera) faceta policial
¡Nunca se acuesta uno sin saber algo nuevo que ya sabía de antes!

Y ahora vuelta la burra al trigo, entonces podemos solicitar la ayuda Invifas? residencias militares? ayudas Renfe? Se me aplica el Código Penal Militar en funciones policiales? Estoy sujeto a un régimen militar? nuestra academia de formación y centros de trabajo son cuarteles con la consideración de instalaciones militares? tenemos empleos militares? soy militar de carrera? puedo optar a lo mismo que un militar? y a lo mismo que un policia o que cualquier otro funcionario?
Perdón... creo que voy a cortocircuitar...