lunes, 16 de enero de 2017
El Tribunal Supremo eleva las penas impuestas por el asalto al centro cultural Blanquerna durante los actos de la Diada 2013 en Madrid
La sentencia estima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y algunos de los motivos planteados por la Generalitat de Cataluña y por su delegado del Gobierno, Josep María Boch Bessa, y anula parcialmente el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid que impuso a los 14 condenados penas que oscilaban entre los seis y ocho meses de prisión por el delito de desórdenes públicos y de multa por el delito de daños con la atenuante de reparación del mismo
Autor
Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Madrid a los asaltantes al centro cultural "Blanquerna" durante la celebración de la Diada de 2013 al aplicar la agravante de obrar por motivos de discriminación ideológica.

La sentencia dictada impone por el delito de desórdenes públicos en concurso ideal con el de impedimento del derecho de reunión la pena de 2 años y 10 meses de prisión, con la concurrencia de la citada agravante (artículo 22.4 del Código Penal), a todos los acusados a quienes la Audiencia Provincial de Madrid impuso 6 meses de prisión; de 2 años y 11 meses a J.F.F., y de 3 años de prisión a J.L.L.G., con la misma agravante.


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http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...2013-en-Madrid